La Asamblea de Extremadura ha aprobado la Ley de medidas ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura. Esta Ley, tiene como objetivo propiciar una igualdad territorial en el acceso a las oportunidades para toda la población extremeña.
Ante la predominancia rural en la sociedad extremeña dotada de amplios y heterogéneos espacios geográficos, de una fuerte dispersión demográfica y un estancamiento poblacional de la mayoría de los núcleos de población, la Ley persigue revertir tal situación y para ello establece una serie de mecanismos, como la dotación de los servicios y las infraestructuras públicas esenciales, y fomenta la iniciativa privada en todos los sectores económicos, removiendo los obstáculos que dificultan su implantación por razones geográficas o demográficas. Estimula, además, la generación de empleo en el marco de una economía territorialmente equilibrada y sostenible.
La Ley apuesta por las inversiones que contribuyen a dotar de competitividad a las explotaciones agrarias y ganaderas, al tiempo que se incentiva la diversificación de la actividad económica de las zonas rurales, a través de las estrategias de desarrollo local participativo, y se fomenta la formación y la innovación en todos los sectores presentes en el mundo rural.
El incremento de la demografía es uno de los retos que la presente Ley atiende con mayor presencia en su texto. A fin de apreciar resultados en esta materia, se definen políticas que faciliten el acceso de la población a una vivienda en aquellas zonas de baja densidad demografía; rehabilitación de aquellas que estén vacías y otros instrumentos financieros para facilitar el acceso a estas. Así como, a fin de paliar esta circunstancia, se concibe la Estrategia de Retorno y Conexión con el Talento y otras medidas de ayudas económicas que faciliten el retorno de los extremeños de la región y de nuevos pobladores.
A tales fines, se presentan medidas que modifican el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, y que atienden a incentivos fiscales, donde aquellos residentes habituales en las localidades de menos de 3.000 habitantes tendrán derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del 15% de la cuota integra autonómica, siempre que la suma de la base imponible general y la de sus ahorros no superen los 28.000 euros en la tributación individual y los 45.000 euros en la tributación conjunta.
Además, en esas localidades, se establece una deducción del 10% en la cuota íntegra autonómica del IRPF por la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales siempre y cuando la adquisición o rehabilitación se produzca después de la entrada en vigor de esta Ley. En este supuesto, se ha de tener en cuenta que para que se vea favorecido el contribuyente con esta medida, es necesario que la misma constituya residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años, así como, para que la vivienda constituya la residencia habitual del contribuyente deberá́ ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por este, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
Sobre la tributación indirecta, se aplicará un tipo reducido del 4% a las transmisiones de inmuebles ubicados en municipios de Extremadura de menos de 3.000 habitantes, cualquiera que sea su valor, destinados exclusivamente a constituir o continuar una actividad empresarial, excepto la de arrendamiento, o un negocio profesional. Mismo tipo será aplicado a las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual del sujeto pasivo.
Con respecto a la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (AJD), estos también han constituido objeto las medidas fiscales aprobadas por la presente Ley, estableciendo con respecto de los mismos un tipo de gravamen reducido del 0,5% aplicable cuando la venta del inmueble, formalizada en escritura pública, tribute por IVA.
Para finalizar, señalar que la Junta de Extremadura, en un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de esta Ley, publicará un estudio sobre la realidad actual de protección de todas las figuras contempladas en la Red Natura 2000, que servirá de base para solicitar al Gobierno de España y a la Unión Europea las modificaciones oportunas que permitan corregir el mapa de zonas protegidas con respeto a los objetivos establecidos en la legislación vigente. El objetivo es hacer compatible la protección con el desarrollo de iniciativas urbanísticas y empresariales, a lo que, por su incidencia, deberemos permanecer atentos.
Puede acceder al texto íntegro de la Ley a través del siguiente enlace:
http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/550o/22010003.pdf