La Agencia Tributaria ha publicado las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero para el año 2023 enfocado en el fomento del cumplimiento tributario voluntario y la potenciación de las actuaciones de comprobación.
Las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero giran en torno a cinco pilares: i) información y asistencia, ii) fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude, iii) actuaciones de comprobación, iv) control del fraude en fase recaudatoria y v) colaboración de la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA..
Como principal novedad en materia de información y asistencia la AEAT trabaja en implantar un nuevo modelo de asistencia que integrará todos los canales existentes y facilitará que el ciudadano decida en que modalidad quiere ser atendido. Se continuará incrementado la información ofrecida a los contribuyentes en los datos fiscales, en particular en el modelo del Impuesto sobre Sociedades con la carga automática de los créditos pendientes de ejercicios anteriores e información sobre los ajustes contables realizados en el ejercicio anterior, entre otros, aquellos que deban revertirse.
En materia de cumplimiento voluntario y prevención del fraude se trabajará en la depuración del censo de entidades que a su vez facilitará el control de aquellos contribuyentes que no hayan cumplido sus obligaciones tributarias. Por su parte, se fomentará la educación cívico-tributaria desarrollando acciones en el ámbito educativo que fomenten un mejor entendimiento de la necesidad de que la sociedad contribuya al sostenimiento de los gastos públicos.
En materia de comprobación, las actuaciones de la AEAT seguirán la misma línea que en ejercicios anteriores y se centrarán en:
- Control tributario especifico a grupos que tributen bajo el régimen especial de consolidación fiscal con especial referencia a la compensación de bases imponibles negativas (BINs) previas y el cumplimiento de los requisitos exigidos para la integración de entidades en el grupo.
- Comprobación prioritaria de contribuyentes que hayan consignado BINs, créditos fiscales en base o cuota pendientes de compensar o de aplicar y deducciones de ejercicios anteriores.
- Comprobación de estructuras asociativas como Agrupaciones de Interés Económico (AIE) empleadas como vehículos para canalizar deducciones y otros beneficios fiscales.
- Comprobación en materia de precios de transferencia con la estrategia denominada “estrategia 360º en precios de transferencia” consistente en el análisis de riesgos basados en la interrelación de la documentación disponible en esta materia.
Como en otros ejercicios, la AEAT también pondrá el foco en los grandes patrimonios realizando actuaciones de comprobación a residentes de hecho en España que sitúan fiscalmente su residencia en otros territorios de inferior tributación o residentes que no tributan en nuestro país por su renta mundial, sino que lo siguen haciendo a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes únicamente por la renta generada en España. Asimismo, y el marco de colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA. se atenderá a la simulación de la residencia fiscal de algunos contribuyentes por la diferente tributación existente en una Comunidad Autónoma distinta a la real con la intención de aprovecharse de una inferior tributación.
La AEAT mantendrá el control sobre aquellos sectores con alto riesgo de economía sumergida con especial atención al uso de métodos electrónicos de pago radicados en el extranjero no sujetos a las obligaciones de suministro de información.
Se realizarán actuaciones de comprobación dirigidas a evitar el uso abusivo de personas jurídicas con la finalidad de canalizar rentas, desviar gastos personales de los socios o remansar rentas pendientes de distribuir por parte de sociedades operativas alcanzando dicha comprobación a la aplicación del régimen de neutralidad fiscal previsto en el Capitulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Se completan las directrices en lo que a actuaciones de comprobación se refiere señalando que se continuará con el control del cumplimiento de la obligación de los sujetos acogidos al SII, cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y en el Registro de Devolución Mensual en el IVA (REDEME). Asimismo, se potenciarán las visitas del personal de Inspección denominados como peines fiscales enfocadas principalmente al sector de la construcción inmobiliaria y alcanzando aquellos domicilios denominados por la AEAT “de simple recepción de correspondencia” utilizados como domicilios fiscales.
En materia del control del fraude en fase recaudatoria se continuará con la detección de lo que la AEAT denomina “deudores aparentemente insolventes” creando y cesando en sus actividades de forma sucesiva dejando de ingresar sus deudas tributarias quedando pendientes de cobro y muy relacionado con lo anterior, se continuará con la adopción de derivaciones de responsabilidad tributaria dirigidas a identificar a terceros responsables a cuyo cargo la Ley impone la obligación del pago de las deudas tributarias de aquellos denominados deudores principales.
Puede acceder al contenido completo de las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero de 2023 a través del siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/02/27/pdfs/BOE-A-2023-5080.pdf